Con la misma satisfacción que urgencia ofrecemos esta entrada, gracias al recientísimo pronunciamiento del Tribunal Supremo, que ha mandatado que las cinco grandes compañías eléctricas del país han de asumir el déficit tarifario dado que se han beneficiado de los denominados Costes de Transcción a la Competencia.
Al principio, tras el hágase la luz, en España el suministro eléctrico era un servicio público, y dicha condición garantizaba el suministro. Posteriormente, el Presidente Aznar "liberalizó" el sector, dictó en el año 1997 una Ley del Sector Eléctrico enormemente opaca (gracias a la cual nadie entiende la factura del servicio) que fue el instrumento de dicho proceso de "liberalización. Entrecomillamos, dado que entendemos, desde la mayor de las objetividades y prescindiendo de posicionamientos de orden político, que dicho proceso consistió en la consolidación de un oligopolio, esto es, constituir un mercado con un pequeño grupo de grandes empresas que lo dominaran e impidieran al resto acceder al mismo. El Presidente Zapatero, con ocasión del episodio de los "campeones nacionales" coadyuvo a que otras empresas europeas entraran en nuestro mercado "nacional" que teóricamente no existe, dado que estamos ante un mercado único europeo. Realmente, este blogero no sabe donde colocar las comillas.
Dicha liberalización consistía en introducir competencia obligando a que fueran distintas las empresas que intervinieran en los diferentes procesos productivos de la energía, producción, transporte, distribución y consumo. Al margen de introducir "competencia" en el servicio.
Pero para garantizar el suministro a las familias y empresas, en pos de tan loable objetivo, el Presidente Aznar les entregó un billón de euros, bajo el título de Costes de Transición a la Competencia (CTC's) un mecanismo de compensación vigente desde el año 1998 a 2006 para financiar las inversiones precisas para dicha garantía de suministro.
El déficit tarifario es la deuda que surge entre el coste de la energía y lo que se ingresa por la misma. Dicho déficit, pretendían las eléctricas imputarlas al Estado o a los ciudadanos. Lo financiaron primeramente con un préstamo bancario y nos lo iban "metiendo" poquito a poquito en nuestra factura.
Primero la Audiencia Nacional y después el Tribunal Supremo han rechazado las pretensiones de Endesa y de Gas Natural.
Estableciendo que el porcentaje para repartirse el déficit es idéntico al que se estableció para percibir los CTC's como mecanismo de compensación.
Iberdrola, Hidroeléctrica del Cantábrico, Endesa, Eon España y Gas Natural. Les corresponden, según la ley, los siguientes porcentajes en caso de saldo negativo: 35,01%, 6,08%, 44,16%, 1% y 13,75%, respectivamente.
Es justicia.
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