domingo, 2 de diciembre de 2012

BANCOS RESCATADOS, CAJAS VINTAGE.






El rescate financiero que sirve Europa para reflotar los desmanes producidos por la  borrachera inmobiliaria de las entidades intervenidas, dispone la reducción y retorno de su negocio al ámbito regional de origen de las Cajas de Ahorro, en apoyo de la economía productiva de pymes, autónomos y asalariados, con despidos que afectan a un tercio de su plantilla.

Cabe hacer otra lectura diferente. La imposición de este retorno a los origenes de las Cajas,  pretende que el empresariado productivo solo pueda aspirar a tener una pequeña o mediana empresa, financiada por una banca pequeña con mediana estructura, que garantice techo en su crecimiento.

El crecimiento de las Cajas arrancó con su desarrollo como instituciones financieras  y fundacionales, que gracias al negocio minorista y al sector productivo, generaron economías de escala y lograron arrebatar el 50 % del mercado a la banca privada; invirtiendo con la obra social en la germinación de un nuevo e incipiente sector social y cultural. No, su crecimiento no se basó en el ladrillo al inicio. Prueba de ello es que el FMI instaba a su privatización ya desde 1985, a través de las cuotas participativas; acciones que permitieran la entrada de capital privado.

Fue en el año 2000 cuando las cuotas participativas desembarcaron con poder de decisión en las Cajas. En plena eclosión inmobiliaria, cuando Alvarez Cascos pregonaba las excelencias de nuestro milagro económico por la venta diaria de viviendas a 100 millones de pesetas. A ello contribuyó decididamente la Ley del Suelo de 1998 firmada por Rajoy, que partía de ver a la planificación urbanística como una “rigidez” del mercado, que había que erradicar destinando todo el suelo, excepto el protegido, al desarrollo urbanístico.

Preciso es decir que desde las postrimerías del “pelotazo” ochentero de los Gobiernos González, el crecimiento de las Cajas las había revelado como un importante instrumento de decisión por el capital acumulado, codiciado por el poder, ya político, ya financiero.

En esa pugna, se han podido contemplar episodios en los que las Cajas han mostrado la transcendencia de su aportación a la economía regional. El más reciente, la intervención de las andaluzas capitaneadas por el Banco Europeo de Finanzas, presidido por Braulio Medel, en la industria creada para la operación de fabricación y ensamblaje del avión A400 en Andalucía; ante la entrada del empresariado vasco y catalán, y la ausente presencia del empresariado andaluz y sevillano en el proyecto.

Pero en demasiadas ocasiones se han convertido las Cajas en instrumento político de apoyo a redes de poder o corrupción, en lugar de tomar posición en el desarrollo del territorio de implantación, con consecuencias nefastas para su subsistencia. Pérdida de competitividad y empobrecimiento de su marco de actuación; y erosión de la confianza de su clientela minorista, público y pymes locales, fundamentalmente. Consecuencias que, a medio y largo plazo, son la causa del propio empobrecimiento y pérdida de competitividad de las Cajas.

Y en esa deriva de alejamiento de sus funciones de apoyo a la economía regional, se quebró su salud financiera,  ayudada por la falta de profesionalización de su dirección, emponzoñada por la codicia de los aparatillos de poder de los partidos y sindicatos mayoritarios. Perdiendo cada vez más calidad en sus recursos  humanos por la perversión de las listas cerradas, y la perpetuación de castas de político-funcionarios, sin oficio conocido, sin opinión política propia, que apoyan sistemáticamente y sin debate político a la  dirección que decide mantener su empleo.

El resultado es que el poder financiero ha ganado la batalla y ha fagocitado a las Cajas de Ahorros españolas, que en 1985 el FMI entendía como singularidad, aún cuando ahora nos enteremos de que existen 426 Cajas de Ahorro en Alemania con 377.000 empleados.

El sector financiero hace tiempo que dirige el sector de Cajas de Ahorro. Se percibe desde el proceso de deslocalización de las Cajas pilotado por el Banco de España, buscando fusiones entre Cajas de distintas CCAA para evitar el dirigismo político de sus resultantes. Y en ese proceso se han dinamitado todas las opciones de Andalucía para consolidar una estructura financiera, aún a pesar de haber mantenido una Caja de Ahorros, Unicaja, que aspiraba a dimensionarse para poder participar en economía productiva y financiera transnacional. No es ocioso recordar ahora la pretensión de que Medel abanderara la Caja única andaluza tan toscamente gestionada por Magdalena Alvarez. Tampoco lo es recordar las voces que bramaban porque se llevaban la Cajasur de Castillejo a Sevilla, en la puerta del Parlamento de Andalucía, para que sus sucesores del Cabido Catedralicio se la sirvieran después en bandeja a la Caja Vasca, dando un portazo a Córdoba y a Unicaja. Como recordamos los recurrentes portazos que ha recibido Unicaja del Fernandez Ordoñez impulsor de Bankia, que ahora ha de ser rescatada con cargo a nuestro déficit público. Portazos que han facilitado y ofrecido la entrada en Andalucía al capital financiero vasco y catalán. Los financieros siempre han creído mas en el Norte, con razones o sin ellas.

En esta guerra que ha ganado el poder financiero, como casi todas, hemos perdido unas instituciones fundamentales en territorios como Andalucía, Extremadura o Castilla, donde no ha existido burguesía, ni revolución industrial que produjera capital y conocimiento privado inversor. Las Cajas podían haber servido de palanca para devolverles el salto histórico perdido. Y ha sido el poder político, y nosotros por sostenerlo, los responsables de su perdida.

Nuestro stablishment político en lugar de dirigentes a la carta nos ofrece menú del día para designar lideres políticos. Y nosotros lo hemos permitido con la connivencia adormecida en nuestro salto económico de 3.180 dólares a 15.300 dólares de renta per cápita en veinticinco años (1975-2000, Banco Mundial). Ahora pagamos nuestro conformismo perdiendo, entre tantas otras cosas, a unas Cajas que podían habernos procurado un crecimiento sostenido en el tiempo, y que han hecho germinar nuevos sectores en nuestro panel económico, financiados tanto por la actividad bancaria de las Cajas, por su  política de cartera empresarial, como por la obra benéfico-social, a la que han destinado una gran cantidad de recursos. Ahora la obra social alcanzara el tamaño de la jaula de oro que los Presidentes de los Bancos, quieran a voluntad procurar a los Presidentes de las Cajas.

Culminado con éxito el proceso de bancarización de las Cajas españolas pretendido por el poder financiero ahora éste, por boca de la Europa de la banca alemana, obliga a las intervenidas a retornar a las funciones iniciales de las Cajas de Ahorro, lo que habla a las claras de su utilidad. Un poder financiero que tampoco es ajeno a las corruptelas, ya de gran calado, de alterar ilegalmente el LIBOR, las calificaciones de las agencias y facilitar la tributación de la finanzas fuera del territorio de su generación productiva.

Al final hemos perdido nosotros, porque las Cajas nos ofrecían un instrumento fundamental si hubieran tenido una dirección política dirigida al desarrollo territorial. También ha perdido el poder político, sobre todo estatura, cada vez más mediana, casi pequeña a nuestros ojos, que decidió el atracón de ladrillo en el que hemos invertido nuestro crecimiento de los últimos 25 años.

El poder político nos condujo a nuestro estructural atraso económico y democrático gestado a finales del XIX, principios del XX, al subyugarse al poder de las oligarquías agrarias protegiendo sin reservas los precios del trigo y extendiendo al Sur los latifundios que evitaron su desarrollo económico, social,  cultural y político. Igual que entonces la clase política de nuestros días no tiene visos de reinventarse, ni renovar la democracia española como pide la calle. 

El poder político está anticuado. Solo conserva de poder el nombre, cuando las Cajas han perdido el suyo. Testimonialmente permanece, y volverá a ofrecernos veinte nombres en una lista de menú del día, para que los elijamos como lideres en las próximas elecciones. Ahora tendremos bancos intervenidos. Cajas vintage. 




domingo, 11 de noviembre de 2012

MUERTA LA LEY HIPOTECARIA NO SE ACABARÁ ESTA RABIA



Tratamos de correr deprisa, inútilmente ya, detrás del cuerpo que se ha precipitado al vació  porque lo entendemos persona y sentimos vergüenza. Como la que públicamente ha confesado el Presidente del TSJ del País Vasco con certeras y difíciles palabras.

Los políticos llevan días corriendo. Pero no esprintando con la urgencia angustiosa del veraneo del déficit público constitucional, en el que las costuras de EEUU se deshilachaban entre las estrellas de Obama y las barras del Tea Party, provocando el primer tsunami de nuestra prima de riesgo.

Y aún muchos, como esforzados peregrinos, creíamos que seguir la tortuosa senda austera dibujada por los dueños del dinero, podría permitirnos retornar a la calma complaciente de nuestros días de  vino y rosas. Ilusos.

Los últimos creyentes de ese peregrinaje están en los bancos azules y rojos del Congreso. En los sillones color napa y marrón clarito de los parlamentos autonómicos. En las variopintos modelos que nos son desconocidos, de las inútiles Diputaciones Provinciales. En esos en los que hace menos frío, cuando todos, incluso ellos, estamos en plena tormenta.

Banco Popular y Kutxabank exhiben datos y toman postura, el resto calla. La sangrante legislación hipotecaria es un callejón sin salida, en el que se debate el temor al poder del dinero para hundirnos aún más, y el miedo a que ayer Granada, y hoy Barakaldo, tengan un mañana soportable, para que haya sillones de cuero y meros espectadores.

Nuestras hipotecas se trocearon en un pastel apetitoso para cualquier fondo financiero, en cédulas hipotecarias, porque eran tan fáciles de tomar como el rápido dinero que producía el tráfico de inmuebles por la autopista de nuestra cuasidecimonónica ley hipotecaria.

Nuestras hipotecas y sus cédulas hipotecarias, como cromos de futbolistas, intercambiadas en un recreo de parqué y sesión continua por todas las bolsas de todo el mundo. Un enorme sostén de nuestro ilusorio bienestar, que ya no pudo contener el derrumbe del 2008, y cayó como la generosa pechera de un ama de cría, amamantadora de la conquista hispánica de las infraestructuras mundiales. Que peleo con los campeones europeos, les regañó en ocasiones, y que se mantuvo en silencio ante la reprimenda de la convincente sargento del Este, apoyada en los argumentos del bofetón de realidad que resonó en nuestras mejillas entre el 2009 y el 2012. El Rajoy alumno cumplidor de tareas y reglas, bajo la mirada, y por fin tímidamente abandona su pose de buen pupilo, y se pregunta en voz alta sobre los objetivos y bondades de la regla que ha seguido a pies juntillas.

El poder político sabe que la partida tienen que jugarla en favor de la gente, porque la están perdiendo con carácter definitivo. El poder político sabe que ya no cabe reformar y guardar la ropa, para secarla al sol, mientras toma un pequeño baño de realidad en las aguas de la hemorragia de poder adquisitivo en que se desangra la clase media española por el sangrado de la Ley Hipotecaria y otras lindezas como la subida del IVA. Sí, ya no es una cosa de "pobres" que no pueden pagar. Ahora ha tocado a una amiga de Patxi López.

La clase media, la de trabajadores cualificados de sueldos mermados, la de los profesionales acogotados con el IVA, la de los negocios locales que escalan la economía y dedican la mitad de su tiempo a sobrevivir en burocracia... y que sólo la mitad de los tres millones y pico que son hoy, contratando a uno, darían un millón y medio de puestos de trabajo.

No, la pelea es, el dinero o la gente. La economía y la política contra las finanzas y los políticos. Porque son otros políticos del Oriente, de confines lejanos, los que saben cuando apretar el gatillo del arma de las finanzas, apoyados en la avaricia de los que aprietan botones desde el imperio en decadencia.

Ahora. Cuando un segundo cuerpo se desploma al vacío en Barakaldo, retumbando sobre el asfalto e impactando con esa violencia que no permite sentir el inmenso dolor de la caída, es cuando saben que la gente ha dejado por primera vez de creer al unísono en los dos núcleos de poder político y confirma su tendencia agnóstica en cada encuesta.

PSOE y PP bajan. Nadie gana. La pantomima de los sentimientos ideológicos toca a su fin. Los partidos pequeños solo ganan coyuntura que no sostendrán, por tener tomadas tantas inercias como complejos de los mayoritarios, ya sean territoriales o de clichés ideológicos, para justificar y explicar su existencia. Sabiendo que cada vez es menos explicable para más gente.

Es esa la decadencia sin lideres en la que estamos inmersos y en la que se abordará mal la reforma hipotecaria, con el parcheo urgente del que se ahoga en la minúscula zodiac de su credibilidad, haciendo travesía en un levante bramante del estrecho de Cádiz, tan huérfano de pescadores sumidos en las redes de sus problemas.

Problemas que se veían pequeños por la mano que abría la llave de paso del dinero, servido en cacharros de plástico para darles respiración asistida. Problemas que ahora se hacen gigantes para el grifero, cuando el agua mana a cuenta gotas anunciando el corte del suministro... o cuando un cuerpo retumba en el asfalto muerto y negro.

Se hará mal la reforma hipotecaria, que requiere de ingeniería jurídica con fuertes impactos en la banca, las finanzas, y la micro y macroeconomía. No se tomará los criterios de las viejas leyes que se han perpetuado intactas desde hace dos mil años por la fuerza de la lógica y la razón, tan distintas a la lógica y la razón que han logrado hacer creíbles los grupos de poder durante el mal de la Ley Hipotecaria, que ha durado más de cien años.

Dicen las leyes que el castigo al deudor de dinero ha de ser distinto, si fue negligente por imprudencia en sus aspiraciones o error en el cálculo de su capacidad; si fue culpable por no querer cumplir conscientemente con sus compromisos; o fue doloso por prepararse a conciencia para no cumplirlos y salir ileso del trance dejando con dos palmos de narices al acreedor. Sí, la consecuencia es distinta en nuestras leyes para estos tres grupos, yendo de menos a más en su deuda. Y esa debería ser la guía, pero no lo será. 

Tampoco lo será el camino que señala la ley milenaria, para poder hacer reversible los contratos hipotecarios en sus peores efectos de sobrevalorar el dinero que se presta, minusvalorando el de la casa que compró, y que muchas veces, no costeó totalmente. El contrato se rompe si las cosas ya no están como cuando se estampó la firma en ellos, dice la ley antigua. Rebus sic stantibus decían los antiguos, y seguimos diciendo los que nos dedicamos a vestirnos la toga negra, ante otros con toga negra, y contemplamos como se escapan los valores superiores del ordenamiento jurídico constitucional, por el usillo de la vetusta ley hipotecaria fruto de las componendas españolas de hace cien años. Sin que la toga negra con puñetas blancas pueda ni siquiera pensar en dar un puñetazo para taponar el desagüe. Porque será un remedio transitorio de componendas con la banca la anunciada reforma hipotecaria, el parche que suture la barca de la economía de la gente, sin garantizar que esta llegue a puerto.

No se consultará por supuesto con los abogados, que andaremos achicando el agua de las tasas judiciales de Gallardón, convirtiendo las falúas de nuestros despachos en canoas cada vez más pequeñas para los que remamos sin salvavidas en las procelosas aguas de la falta de liquidez y el ya te pago el mes que viene, que espero un pago que no llega.

El mismo agua que achicarán los Procuradores. Tampoco serán consultados estos mecánicos expertos de la ejecución, que han visto rodar mil veces la almoneda precisa del despojo inmediato de bienes, y asisten diariamente al desierto de las pujas ausentes de los empleados de subasteros locales, que andan devolviendo pagarés desde las terrazas de los restaurantes de nombre, parapetados tras el móvil en silencio y la copa larga de balón.

Los jueces tampoco lo serán. Tienen dos brechas por el babor y estribor institucional del CGPJ, por los viajes privados de su ex capitán, y por ser Poder del Estado que no ha ejercido con un informe que ahora apoyan todos los Jueces Decanos de cada provincia. Reflejando el sentir de los jueces sin representatividad, hartos de brindar autoridad a un proceso, que les impide aplicar más criterio que el despojo de la vivienda y la muerte económica de entornos familiares completos.

Ojala me equivoque pero se hará mal la reforma de la Ley Hipotecaria. Porque observo hoy el vacío inmaculado de los tres sofás blancos en el que los campeones nacionales de la banca, en otro tiempo exhibían músculo al Presidente del Gobierno para contentarnos con seguridad ante el peligro de la tijera que corta los tallos de la gente en los países del Sur, y no sus ramas deformes, como nos han hecho creer. No, ya no van a la Moncloa que está sola como la Fonseca del Rajoy opositor al Registro.

Espero que los que van a sentarse en ese sofá blanco para discutir la letra de la reforma, puedan seguir viendo la sangre que se escapó ayer en Barakaldo, y pasados días en Granada. Que se paren un rato y lean a Machado, para recordar que todo necio, confundiría el valor de la sangre con el precio del sofá.



  

jueves, 31 de mayo de 2012

PARO ACADEMICO EN LA UNIVERSIDAD DE SEVILLA

Han sido numerosos los artículos de opinión, mas que de información, publicados sobre el paro académico acordado por los estudiantes de la Universidad de Sevilla y, sobre todo, por sus efectos de total interrupción de la actividad docente previstos en el Reglamento General de Estudiantes. 

En muchos de ellos se ha hecho referencia a la confirmación de dicha norma tanto por el Tribunal Superior de Justicia de Andalucía, como por el Tribunal Supremo. Como Letrado director de ambos procedimientos, siendo cliente de nuestro despacho el Consejo de Alumnos de la Universidad de Sevilla, nos vemos en la obligación de realizar las siguientes reflexiones al respecto de lo publicado en referencia a lo expuesto.

La representación actual de los alumnos de la Universidad de Sevilla se proponía la impugnación del Reglamento General de Estudiantes, entre otras cuestiones, por no estar conformes con el contenido del mismo, y no haber participado (dada su elección reciente a la sazón en marzo de 2009) mas que como invitados al Claustro que aprobó la norma. 

Sus pretensiones de impugnación obedecían tanto al encorsetado procedimiento que declaración de paro académico, como a la rigidez impuesta al ejercicio de su derecho de representación y negociación con las autoridades académicas. 

Desde la interposición del Recurso Contencioso Administrativo contra dicho Reglamento, consta documentalmente que el CADUS, la representación universitaria de los alumnos, ha estado tratando de modificar la actual redacción del Reglamento General de Estudiantes, procedimiento que se encuentra actualmente ralentizado. 

Fue el CADUS quien solicitó ante el Tribunal Superior de Justicia de Andalucía y ante el Tribunal Supremo, el 1 de junio de 2009 y el 3 de noviembre de 2010 ante éste para el Tribunal Supremo, la  declaración de anulación de la totalidad del Reglamento General de Estudiantes, y subsidiariamente de determinados preceptos atinentes a la declaración de paro académico y ejercicio de derecho de representación. 

En el seno del procedimiento de declaración de paro académico la representación estudiantil, dada la dimensión de la Universidad de Sevilla y las variopintas vicisitudes de cada Facultad y Escuela, acordaron dejar a la negociación de los responsables de la docencia, profesorado y alumnado, la afectación, interrupción o celebración de las distintas actividades docentes en cada Facultad, Escuela y Departamento. Anticipando intuitivamente otras soluciones ofrecidas por la normativa universitaria.

Ciertamente, el actual Reglamento General de Estudiantes impone en su artículo 13.2 la interrupción de la totalidad de las actividades docentes afectadas, siendo éstas todas, dado que el artículo 14.2 no permite más que la declaración de un paro total en la Universidad, impidiendo la declaración de paro parcial. Ambos preceptos han sido impugnados por el CADUS ante el TSJA y el TS.

Por ello, no se compadece con la lógica que no se hayan adoptado otras consecuencias a la declaración de para académico distintas a la interrupción total de la actividad docente, porque entendemos que es posible. Un elemento de apoyo lo ofrece el artículo 52.3 del Reglamento General de Actividades Docentes, que deja como última instancia ante el desacuerdo de alumnos y profesores a la Comisión de Docencia de cada Departamento.

Bien podrían haberse determinado efectos limitados y distintos a la interrupción total de actividades docentes, dado que esta no ha sido expresa ni específicamente pretendida por el CADUS, y desde nuestra modesta opinión la declaración de un paro por uno de los grupos pertenecientes a la Comunidad Universitaria, no puede ser impuesto al resto de grupos, por mas que diga el Reglamento de Estudiantes, y más aún, tampoco puede ser impuesta a la totalidad de los estudiantes que conservan intacto su derecho-deber de estudiar y formarse. En esta lógica, el CADUS ha pretendido acuerdo para permitir el entendimiento profesorado-alumno sobre las actividades docentes, y no imponer dicha interrupción total, como con total improcedencia se les trata de imputar.

Las opiniones tergiversadas que tratan de hacer responsables al CADUS, como máxima representación de los estudiantes de la Universidad de Sevilla, de la interrupción total de la actividad docente en la Universidad o bien parten del desconocimiento o de intención aviesa. 

Es el CADUS, no las voces actuales, la primera instancia que se ha opuesto al Reglamento General de Estudiantes. Es el CADUS el que llevar dos años perseverando para modificar dicha norma tanto ante los Tribunales de Justicia, como ante las instancias procedentes de la Comunidad Universitaria. Por ello, si de sentido común es modificar dicho Reglamento, es el CADUS el primer acreedor del mismo. 

Podrán discutirse desde la lógica democrática la oportunidad de sus movilizaciones, o el motivo de las mismas; pero usar como coartada a su derecho de movilización las consecuencias de una norma jurídica a la que se opusieron durante su tramitación y tras la misma no sólo no es de recibo, sino que falta a la verdad. 

Llegar más allá y predicar de la Universidad de Sevilla, de la que he tenido el honor de ser alumno, una suerte de estigma de mediatización política de los estudiantes que ha conducido a la interrupción de actividades docentes actual, es tomarlos por chivo expiatorio y desconocer que los estudiantes, ahora y entonces, son sólo una parte, y por cierto minoritaria, de los órganos de gobierno y representación de la Universidad. 

La sociedad del riesgo sobre la que Ulrich Beck reflexionó implica que los sujetos fuera directamente responsables de las decisiones que tomaban. La decisión del CADUS ha sido el paro académico, la del Reglamento al que se opusieron aplicado a rajatabla, ha sido la suspensión total de actividades. ¿Es responsable quien se opone o quien establece las consecuencias de oponerse? ¿No nos desvía este debate del que tratan de suscitar los estudiantes sobre la Universidad Pública y sobre la responsabilidad de quien están tomando medidas sobre el futuro y acceso a la misma? 

En realidad Beck reformuló, bien es cierto que con evidente acierto y profunda reflexión reflexiones orales de nuestra tradición occidental de honda raigambre. Cada palo debe aguantar su vela. 




martes, 24 de enero de 2012

EL TRIBUNAL SUPREMO CONDENA A BBVA POR INTENTAR COBRAR UNA DEUDA DESPUÉS DE 17 AÑOS

El 12 de diciembre de 2012 la Sección 1ª del Tribunal Supremo ha condenado a BBVA a abonar los honorarios de Abogado y derechos de Procurador de una familia que por impago de su hipoteca había acordado saldar parte de la deuda que mantenía con la entidad financiera mediante la dación en pago de su vivienda. Trascurridos 17 años desde dicha entrega, sin haber tenido el más mínimo requerimiento previo BBVA reanudo el procedimiento ejecutivo para cobrar el restante adeudado, a lo que se opuso la familia alegando prescripción de la acción ejecutiva que fue estimada.  



Tras haber tenido que abonar importantes y lógicos honorarios a su Letrado y Procurador para reconstruir un procedimiento después de 17 años, iniciaron procedimiento judícial de responsabilidad extracontractual de BBVA por daños materiales consistentes en el abono de dichos honorarios y daños morales ex artículo 1902 y 7 del Código Civil. 

Ni el Juzgado de Primera Instancia núm. 7 de Madrid ni la Sección 20ª de la Audiencia Provincial estimaron su demanda, imponiendo al tiempo las costas de ambos procedimientos. 

Sin embargo la Sección 1ª en una extraordinaria ponencia de Dª Encarnación Roca Trías, estima la demanda por haber ejercido BBVA su derecho contra las reglas de la buena fe habiéndolo ejercido en manifiesto abuso de derecho, al entender la ponente la concurrencia de un retraso desleal.

Fundamentando esta última concurrencia en la figura del Verwirkung del derecho alemán, o retraso objetivamente desleal en el ejercicio del derecho por haberle ejercido tras 17 años de inactividad que tienen su encaje en el artículo 242 del BGB.

La quiebra de la buena fe se sustenta igualmente en el artículo 1.7 de los Principios de Contratación Internacional UNDROIT, en los artículos 1:106 y 1:201 de los Principios del Derecho Europeo de contratos y en el artículo I-1:103 del Draft of Comun Frame of Reference (DCFR) por el que "resulta contrario a la buena fe actuar de forma inconsecuente con sus previas declaraciones o conducta, en perjuicio de la otra parte que había confiado en ellas."

Distingue la Sentencia perfectamente los gastos procesales que deben satisfacerse mediante la tasación de costas, de los gastos de honorarios profesionales extraprocesales que no tienen carácter autónomo de las costas, confusión que principalmente había motivado la desestimación de la demanda en la instancia y en sede de apelación. 




miércoles, 18 de enero de 2012

ANULADO ESTUDIO DE DETALLE DE CAMAS (SEVILLA)

La Sección 2ª de la Sala de lo Contencioso del TSJ de Andalucía con sede en Sevilla ha anulado el Estudio de Detalle de la Actuación Urbanística de Suelo Urbano núm. 13 del Plan General de Camas, debido a que el citado ED AUSU-13 incrementaba el aprovechamiento urbanístico otorgado por el Plan General a dicho ámbito de actuación, que abarca el centro del casco urbano de Camas, ordenando los intersticios comerciales e industriales, dispuestos en fondo de saco en la calle Santa María de Gracia, próxima al Ayuntamiento de Camas. 

La referida Sentencia avala las tesis mantenidas por nuestro despacho, al respecto de considerar que el cambio de ordenanza de edificación, suponía el aumento de tres a cuatro alturas en manzanas distintas a las previstas en el Plan General y, por ello, un aumento de edificabilidad que, sin cuantificarse por la Sentencia, se sitúa entre los 1.200 y los 5.065 m² de techo de exceso respecto a los previstos en el Plan General. 

El contenido del fallo reprocha la ausencia de estudio comparativo de edificabilidades exigido por el artículo 66 del Reglamento de Planeamiento exigido por dicho precepto en los supuestos en los que un Estudio de Detalle, u otra figura de planeamiento de desarrollo ,modifique la disposición de volúmenes previsto en el Plan General; exigencia fundamentada en el principio de jerarquía normativa que exige circunscribir al contenido del planeamiento general la ordenación prevista por el planeamiento que desarrolla a éste. 

La Sentencia aborda una cuestión central puesta de manifiesto en el recurso contencioso dirigido por nuestro despacho, cual es la trascendencia patrimonial y urbanística de la ordenación del subsuelo por el planeamiento urbanístico. 

Así el TSJ al tiempo que apunta la más que posible vulneración de la legislación urbanística del artículo 6.20.4 de las normas urbanísticas del PGOU de Camas, que permite no computar la edificabilidad permitida bajo rasante, enraíza su doctrina jurísprudencial con la ya acertadamente vertida, entendemos, y contenida en los fundamentos de la Sentencia de fecha 17 de mayo de 2002, resolutoria de impugnación de Plan Especial del PGOU de Sevilla en la zona del Parque Alcosa, en la que el Tribunal ya espeto sin ambages que:



el aprovechamiento debe entenderse, como usos susceptibles de apropiación privada, y es llano que la asignación de una determinada edificabilidad bajo rasante comporta la atribución de un tal aprovechamiento; y lo contrario supondría tanto como admitir la posibilidad de que, vía otros planes, pueda construirse una ciudad subterránea al margen del planeamiento general.



En el asunto sobre el que falla hoy el Alto Tribunal andaluz, señala igualmente la preeminencia del Plan General como instrumento de superior jerarquía normativa al que debe aquietarse el desarrollo y ejecución del modelo de ciudad en él establecido. 


Y ello con toda lógica, dado que la formulación y aprobación de los Planes Generales se elabora a través de los más amplios cauces de participación ciudadana, dada su vocación de permanencia temporal y las trascendentes incidencias y multiples decisiones que el planeamiento general adopta con su aprobación de orden económico, social, financiero, ambiental y político. Abarcando la totalidad de aspectos que, con toda coherencia, requiere su multidisciplinar concepción y enfoque. 


Os ofrecemos abajo un enlace a la Sentencia que comentamos. 





sábado, 17 de diciembre de 2011

LA SUBASTA EXTRAJUDICIAL DE LAS VIVIENDAS

OJO AL FIRMAR TU HIPOTECA. HUYE DE LA SUBASTA EXTRAJUDICIAL DE TU CASA

El artículo 129 de la Ley Hipotecaria permite que pueda pactarse por las partes en contrato hipotecario la subasta del bien hipotecado, en caso de incumplimiento, por un procedimiento extrajudicial tramitado ante la Notaría que corresponda. 

La nula efectividad de la denominada "autonomía de la voluntad" del deudor en la firma de dichos contratos, hace absolutamente necesario exigir el borrador de la escritura en la que se contiene el contrato de préstamo hipotecario para tomar un conocimiento exhaustivo de los numerosos y complejos compromisos contractuales que se asumen con un sólo golpe de bolígrafo, así como de la importancia y trascendencia de los mismos. 

La reforma operada en el artículo 670 de la Ley de Enjuiciamiento Civil, estableciendo el umbral mínimo del 60% del valor de tasación para adjudicar el bien inmueble en subasta NO ES APLICADO EN LAS SUBASTAS EXTRAJUDICIALES al no estar vinculado el procedimiento extrajudicial por la ley que regula los procesos civiles. 

Si a ello unimos la escasa publicidad de dichas subastas, circunscritas al ámbito de los "profesionales" y la falta de tutela judicial efectiva, dado que se residencian ante una Notaria, que constituye en puridad una empresa privada regida por un funcionario público, el resultado final del procedimiento extrajudicial puede arrojar un claro perjuicio económico del deudor por menor concurrencia a la puja y poder adjudicar por el valor que represente la deuda, y un mas complejo acceso a las garantías que le asisten. 

Por ello, es preciso exigir el borrador de la escritura y consultar con tu abogado de confianza. Puedes remitirla antes de firmar tu hipoteca a nuestra dirección electrónica y acceder a una consulta telemática con nuestro despacho 9757@icasevilla.org

Os recomendamos el reportaje de Ana Sanchez Ameneiro para Diario de Sevilla en el siguiente enlace.